EL TRIBUNAL DE "INDISCIPLINA" RECONSIDERÓ LA SANCIÓN A HURACÁN LAS HERAS



Compartir

En una resolución  inédita, que roza el papelón y la falta de seriedad, el tribunal de disciplinas del consejo Federal de AFA,  decidió reconsiderar la sanción que le había impuesto a  Huracán Las Heras, tras la balacera en la última fecha del torneo pasado del Federal "A" entre el local y Ferro de nuestra ciudad,  en la cual fue herido de bala el Director Técnico verde Mauricio Romero y decidió cambiar la sanción en la cual le habían descontado 15 puntos, ahora solo le descontarán 3.

Informe oficial publicado por Ascenso del Interior.

EXPEDIENTE N°4534/21 - TORNEO FEDERAL A 2021

Club Atlético Huracán de Las Heras (Mendoza) s/ Pedido de Reconsideración.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de Mayo de 2022.-

VISTO:

El Recurso elevado por el Club Atlético Huracán de Las Heras, afiliado a  la Liga Mendocina de Fútbol, solicitando la reconsideración de la  resolución dictada en fecha 4 de Noviembre del año 2021, recaída en el  expediente de referencia, publicada en el Boletín Oficial N° 51/21, por la  cual se resolvió:

1) Dar por concluido el partido celebrado en fecha 31  de Octubre del año 2021 en el Estadio General San Martín del  Departamento de Las Heras, en fecha 31 de Octubre del año 2021,  entre el local Club Atlético Huracán, afiliado a la Liga Mendocina de  Fútbol vs. Club Ferro Carril Oeste Gral. Pico, afiliado a la Liga Pampeana de Fútbol, correspondiente a la fecha 30 Zona "A" - Etapa  Clasificatoria del Torneo Federal “A” 2021, el cual fue suspendido a los 78 minutos, registrando el siguiente resultado: Club Atlético Huracán de Las Heras: 3 -tres- vs. Club Ferro Carril Oeste Gral. Pico: 1 -uno-;

2)Sancionar al Club Atlético Huracán de Las Heras con multa de 400  (cuatrocientas) entradas generales por 4 -cuatro- fechas;

3) Se dispone la deducción de quince (15) puntos al Club Atlético Huracán de Las Heras, los cuales serán descontados de la tabla de posiciones del Torneo Federal “A” que dispute en la próxima temporada;

4).-  Determinar la clausura del estadio General San Martín del Club Atlético Huracán de Las Heras por 1 -un- año para actuar de local; y

5)   Determinar que los próximos 6 -seis- partidos que deba disputar el Club Atlético Huracán de Las Heras en condición de local, se jueguen a puertas cerradas sin público y que sólo ingresarán al estadio las personas debidamente autorizadas por protocolo; y,

CONSIDERANDO:

Que el Pedido de Reconsideración que fuera realizado por el Club Huracán reúne los requisitos formales que debe contener el mismo, por lo que se procede en consecuencia a dar inicio al presente Expediente, y entrando en el análisis del pedido efectuado, surge del escrito presentado y de la prueba aportada, que dicha institución plantea una Reducción de las Sanciones aplicadas en el Boletín Oficial citado “ut supra”.

Que de los videos acompañados por la institución y por personal policial de la Provincia de Mendoza, se aprecia que se acercan a las inmediaciones del estadio un grupo de personas, lugar desde donde se producen detonaciones compatibles a disparos de armas de fuego, generando inmediatamente una corrida tanto de las personas que se encontraban en las tribunas, como de los protagonistas del partido, quienes rápidamente se pusieron a resguardos. Del informe acompañado oportunamente por el Lic. Roberto Oscar BADRAN, Comisario General P.P.C., Jefe Dirección Planeamiento Operativo, surge que “...El día 31/10/21 siendo la horas 17:00, se da comienzo al evento deportivo que se disputa en el Estadio General San Martín, entre el local Huracán Las Heras y el club Ferrocarril Oeste de la Provincia de La Pampa, que el partido se desarrollaba con total normalidad … en el minuto 78 aproximadamente, comienzan a escucharse detonaciones de arma de fuego fuera del estadio siendo éstas más de treinta aproximadamente, aparentemente desde el lugar que me encontraba, podía oír que las mismas provenían del sector Noreste ignorando si eran de alguna propiedad o de la calle, las mismas efectivamente no eran del interior del estadio, esas detonaciones estaban dirigidas hacia el interior del campo de juego. Una de las tantas detonaciones más precisamente un proyectil hace impacto en la humanidad del director técnico del equipo visitante, a quien posteriormente se lo identifica como ROMERO MAURICIO MARTIN ... quien presenta a la altura de la axila izquierda una herida … se descarta que personal policial haya efectuado disparo alguno, ya que por la sencilla razón de no poseer el arma, todo ello conforme al protocolo deportivo. Una vez en la zona de camarines es asistido en forma inmediata el Director Técnico Mauricio Romero, por los Doctores Claudio Cvejnov y Almeida Franco, siendo trasladado por la ambulancia de la Municipalidad de Las Heras que se encuentra afectada en el Estadio, hasta el Hospital Carrillo, allí es asistido por el Dr. Ismael Cazorla Matricula 14205, quien le diagnostica herida de arma de fuego en zona axilar izquierda sin ingreso, por lo que a posterior es trasladado a Oficina Fiscal Nro. 6 para que el ciudadano realice la respectiva denuncia, luego de ello se lo traslada al Cuerpo Médico Forense, para que sea examinado. En el estadio tomamos conocimiento que los que estaban disparando eran individuos debido a una disputa entre gente dela misma barra, del Barrio Amigorena y Barrio 20 de Junio...”.

De la investigación judicial, surge que el personal policial que se constituyó en el lugar donde ocurrieron los hechos investigados, procedió a la aprehensión de ocho personas por averiguación de antecedentes, mientras esto sucedía, una novena fue detenida como sospechoso de ser autor de los disparos de arma de fuego, uno de los cuales habría lesionado al Sr. Mauricio Romero, director técnico del Ferro.

Como lo acredita el compareciente, durante una audiencia realizada en sede judicial, la magistrada interviniente Dra. Mariana Gardey, titular del Juzgado Penal Colegiado Nº 2, desestimó la imputación por homicidio en grado de tentativa agravado por el uso de arma, por concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido cometido en ocasión de un espectáculo deportivo que pesaba sobre los sospechosos, cambiando la calificación de la causa, por la de “abuso de arma agravado por haber sido cometido en ocasión de un espectáculo deportivo”.

Por tal circunstancia tres de los cuatro acusados quedaron en libertad, solicitando el Sr. Agente Fiscal de Homicidios Dr. Gustavo Pirrello, el dictado de la prisión preventiva de uno de los imputados, identificado como el autor de los disparos en las inmediaciones del estadio.

RESULTANDO:

Que conforme a lo expuesto en los considerandos, de los elementos probatorios incorporados a las actuaciones, se evidencia que la dirigencia de la institución encabezada por el Sr. Rafael Giardini, en todo momento se puso a disposición de la Magistrada y Fiscalía intervinientes, para el esclarecimiento de los hechos ocurridos en ocasión del partido celebrado en fecha 31 de Octubre del año 2021 vs. Club Ferro Carril Oeste Gral. Pico, y posterior condena del autor de los disparos, que atentó contra la integridad física de jugadores, cuerpos técnicos, árbitros, efectivos de policías y público en general.En las actuaciones penales se encuentra probado que los disparos se realizaron fuera del estadio en el cual se disputaba el partido mencionado, descartando que personal policial haya efectuado disparo alguno, ya que conforme al protocolo deportivo provincial, los efectivos que cubren el espectáculo deportivo no poseen armas. En virtud de ello es que este Cuerpo estima procedente acoger la reconsideración impetrada por el club Huracán, y en consecuencias, reducir a tres (3) la deducción de puntos, los cuales serán descontados de la tabla de posiciones del Torneo Federal “A” 2022 (Arts. 32, 33

RTP).   Por todo lo expuesto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior;

RESUELVE:

1) Acoger parcialmente el Recurso de Reconsideración elevado por el

Club Atlético Huracán de Las Heras, afiliado a la Liga Mendocina de

Fútbol, y en consecuencias, reducir a tres (3) los puntos que serán

descontados de la tabla de posiciones del Torneo Federal “A” 2022

(Arts. 32 y 33 RTP).

2) Notifíquese, publíquese y archívese.

 


Compartir